Especialistas afirman que la eutanasia de Martha Sepúlveda no debía suspenderse

Especialistas afirman que la eutanasia de Martha Sepúlveda no debía suspenderse

Martha Sepúlveda. Fotografía cortesía.

El debate por la suspensión de la eutanasia de Martha Sepúlveda continúa. El pasado domingo 10 de septiembre, la mujer de de 51 años iba a cumplir su deseo de morir dignamente, sin embargo, mediante un comunicado expedido un día antes por el el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol), se le informaba que su procedimiento había sido cancelado.

Según Incodol, la decisión se tomó porque la paciente que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), no cumple con los requisitos para obtener la eutanasia. La comunicación generó todo tipo de comentarios en redes sociales, portales y revistas médicas. Muchas personas señalaron que el caso se vio truncado por la aparición de Martha en un reportaje televisivo.

“El comité Incodol hizo la evaluación médica con base en el reportaje de Caracol, entonces cuando le preguntan al gerente de Incodol qué fue lo que pasó, él simplemente dice que la situación médica cambió y que es discrecional del comité cambiar de posición”.

Camila Jaramillo, abogada de Martha Liria Sepúlveda.

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«Un comité interdisciplinario de médicos no puede negar la eutanasia» a Martha Sepúlveda: especialista

La Iglesia Católica, que mantiene su postura en contra de la eutanasia, también dio a conocer su perspectiva en el debate e invitó a la mujer a desistir de su eutanasia. Por su parte, Carolina Corcho, vicepresidenta de la Federación Médica Colombia y Jorge Diego Acosta, coordinador del Comité de Ética del Colegio Médico Colombiano, afirmaron en Edición Medica, un medio especializado en salud, que el procedimiento no tenía porque cancelarse.

Dentro de los argumentos de los especialistas está en primer lugar que, este es un procedimiento aprobado en la sentencia C-233 de 2021 emitida por la Corte Constitucional. “La decisión emitida en la sentencia es que los pacientes no terminales podrán solicitar la eutanasia y eso fue lo que hizo esta mujer que tiene una enfermedad que cada día la va inhabilitar cada vez más y va a vivir en unas condiciones muy críticas, hasta morir”, expresaron en entrevista los especialistas.

La apoderada de Sepúlveda, también ha expresado que el accionar de Incodol “es ilegítimo, ni siquiera estas personas la vieron y entonces toman una decisión con base en un reportaje en que se ve en televisión, lo cual es completamente ilegítimo e ilegal”.

Jorge Acosta, señaló además que “un comité interdisciplinario de médicos no puede negar la eutanasia, sólo dar su concepto si cumple con los requisitos. Ellos han cometido un error, alegan que no es un caso terminal, pero es que la sentencia de la Corte Constitucional deja en claro que no tiene que ser un paciente terminal para solicitar dicho procedimiento. Si usted tiene una condición de sufrimiento insoportable que no tiene esperanza de cura, puede acudir al derecho de morir dignamente y eso es lo que está pidiendo esta mujer”

Los médicos además reiteraron que la enfermedad que padece Martha no tienen cura, y ocasionara una muerte a largo plazo que puede representar dolor físico y mental en la paciente. Carolina Corcho, también cuestionó el tiempo en el que se realizo el anunció de cancelación “esta decisión a última hora llama la atención. Hace dos meses el mismo comité interdisciplinario de médicos dijo que la paciente sí reunía los requisitos para eutanasia y ahora a última hora dice que no. Ellos están cometiendo un error al decir que no es una enfermedad terminal, desconociendo la sentencia de la Corte Constitucional que efectivamente amplia los criterios para la eutanasia en caso de sufrimiento, así la enfermedad no sea terminal”.

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Opiniones en redes sociales tampoco se dieron a esperar

En Colombia el procedimiento de morir dignamente debe cumplir con cuatro requisitos. El primero, manifestar el consentimiento libre, inequívoco e informado de que se quiere realizar la eutanasia; segundo, ser diagnosticado con una lesión corporal o enfermedad grave e incurable; tercero, que el sufrimiento sea considerado como incompatible con la idea de vida digna y cuarto, el procedimiento debe ser realizado únicamente por un médico o médica y debe contar con la autorización del respectivo Comité Científico-Interdisciplinario para Morir Dignamente.

Especialistas aclararon que, “los médicos pueden objetar conciencia, pero las instituciones no, por ello la EPS está en la obligación de buscar otro equipo médico que asuma el caso y se le practique la eutanasia a Martha Liria Sepúlveda, como la misma paciente lo solicitó. La Corte Constitucional lo deja en claro que aunque la enfermedad no cause discapacidad, pero sea degenerativa puede obtener la eutanasia”.

Los usuarios de redes sociales han exigido a demás a los candidatos y precandidatos de las elecciones de 2022 una postura frente al tema de la eutanasia y el caso particular de Martha.

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