Congresistas deberan legislar para el bien común y no a favor de financiadores de campañas

Congresistas deberan legislar para el bien común y no a favor de financiadores de campañas

La Corte Constitucional declaró este viernes que los integrantes del Congreso, tanto en la Cámara como en el Senado, no podrán votar o participar en el trámite de proyectos que beneficien a quienes aportaron en la financiación de sus campañas, lo que pone en seria dificultades a congresistas que han ganado experticia en el oficio del Lobby empresarial y que continuamente ganan comisiones por decir si o no a proyectos que favorecen a x o y empresas.

Según la Corte son tres las razones para que se declare inconstitucional el artículo 3 de la ley 2003 de 2000 en la que se habla del régimen de inhabilidades para los congresistas. Un primer elemento señalado por los magistrados es que la ley no es suficiente para que la inhabilidad se aplique en congresistas que pueden participar en la expedición de normas, decretos y leyes que «traten» asuntos relativos a empresas o privados que financiaron sus campañas electorales.

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Inhabilitar congresistas para leyes que beneficien a financiadores debe complementarse con reforma política

Un segundo elemento de la Corte Constitucional es que la ley también se queda corta en cuanto a la necesidad de la transparencia y por ello asegura que es debido que en las dos cámaras se anexe la información que debe estar contenida en el portal «cuentas claras» para verificar si hay o no una inhabilidad del congresista en los asuntos que se van a debatir.

Por último, para la Corte hay una complejidad de relaciones que se tejen entre financiadores y congresistas en las que se hace casi imposible no pensar en la «reciprocidad» de la actuación del financiador como del legislador, por ello también precisó que cada impedimento debe ser analizado por el congresista y ser presentado ante un juez neutral que pueda tomar la decisión de aceptar o no dicho impedimento que, en caso de violar la ley, podría ser causal de perdida de investidura.

Como una de las razones fundantes de esta decisión la Corte aclaró que el congresista debe actuar teniendo como principios el bien común y no el bien particular, por lo tanto, si se le permite actuar en proyectos de ley, actos legislativos u otros, que beneficien a las empresas o privados que financiaron sus campañas, se podría poner en peligro dicho interés del bien común.

Decisión de la Corte Constitucional debe ser complementada

Sin embargo la declaratoria de inconstitucionalidad tiene también unos contras o situaciones que faltan por aclarar según juristas consultados por este medio. Una de ellas es que no define el procedimiento para la verificación del impedimento en el caso de ser presentado, y en caso contrario, es decir, si el congresista no presenta impedimento incurriendo en una violación de la ley la carga investigativa y de control recaería sobre el mismo congreso pues no hay una instancia encargada de dicha vigilancia como hasta ahora sucede en el régimen de inhabilidades.

Por otra parte también hay un problema estructural que recae sobre la fallida e incompleta reforma política, dado que no hay mecanismos «con dientes» que puedan hacer una vigilancia cerrada a la financiación de las campañas y en los casos en que se han presentado irregularidades por financiación ilegal ni el CNE ni otras instancias han podido demostrar la comisión de ilícitos relacionados con los dineros de privados en las campañas.

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