Otorgan acción de tutela a favor de reincorporados de Arauca

Otorgan acción de tutela a favor de reincorporados de Arauca

ETCR Filipinas, Arauquita. Fotografía Alto Comisionado para la Paz.

El pasado viernes 18 de febrero ha sido fallada por parte del Juzgado primero penal del circuito para adolescentes en funciones mixtas de Arauca acción de tutela a favor de los firmantes del Acuerdo Final de Paz del AETCR Filipinas-Centro Poblado Villa Paz, municipio de Arauquita. El Gobierno nacional, conjuntamente con otras entidades estatales, están obligados a proteger los derechos a la vida e integridad física de las comunidades hoy en proceso de reincorporación.

El Juzgado aprobó la solicitud de acción de tutela presentada el 3 de febrero y promovida por los firmantes, ex integrantes de las FARC-EP y hoy reincorporados Nelson Quintero Estévez, Wladislav Aguirre Rodríguez, Pastor Alape Lascarro y Rodrigo Granda Escobar en contra del Ministerio de Defensa, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, el Ministerio de Interior, la Gobernación de Arauca, la Unidad Nacional de Protección y la Defensoría del Pueblo.

El propósito de la petición de amparo era el de obtener la protección constitucional de los derechos fundamentales a la vida, seguridad e integridad física personal, así como la reincorporación en condiciones dignas y de paz. Dichos derechos, alegaron los firmantes, vienen hoy en día vulnerados por las entidades estatales demandadas en la solicitud de acción de tutela.

Los señalamiento de los promotores de la tutela

En los señalamientos adjuntos a la petición los promovedores denunciaron que desde el 2 de enero se produjo la muerte violenta de aproximadamente 30 personas en el marco del conflicto armado entre las guerrillas del ELN y de las disidencias de las FARC – Frente Décimo, así como cientos de desplazamientos de habitantes de Arauca y de Apure, estado fronterizo de Venezuela también involucrado en los enfrentamientos. Se han presentado decenas de combates y homicidios, desapariciones forzadas y otras violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario hacia la población civil víctima del fuego cruzado, susceptible, además, de ser señalada como colaboradora de alguno de los grupos armados y recibir represalias del opositor.  

Los firmantes del acuerdo advirtieron que sus compañeros y en general todos los firmantes del departamento de Arauca como medida de autoprotección han decidido confinarse hasta que terminen las hostilidades. La decisión ha sido tomada por la persistencia del conflicto armado que los coloca en un contexto de inseguridad generalizada en donde las medidas de protección hacia ellos se han venido haciendo más frágiles en vez de ser fortalecidas.

Resolución del juez

Por lo tanto, el Juzgado resolvió que:

  • Hay que tutelar los derechos fundamentales a la vida, seguridad e integridad personal, así como la reincorporación en condiciones dignas y de paz, de los pobladores del AETCR Villa Paz.
  • La Unidad Nacional de Protección está obligada a iniciar el proceso de revaluación de los riesgos enfrentados por los pobladores del AETCR Villa Paz incorporando las condiciones actuales del conflicto. Una vez haga los estudios ejecutará sin demoras las medidas pertinentes.
  • Se les ordena al Ministerio de Defensa, al Ejército Nacional, a la Policía Nacional, al Ministerio de Interior, a la Gobernación de Arauca, a la Unidad Nacional de Protección, al Comando de Policía del departamento de Arauca, a la Brigada 18 acantonada en la ciudad de Arauca y a la Dirección Carabineros y Seguridad Rural de la Policía Nacional ejecutar de inmediato las medidas de protección para la seguridad del Centro Poblado (AETCR) Villa Paz y sus pobladores.
  • Las mismas entidades tendrán que conformar una comisión de alto nivel que rendirá informes semanales de monitoreo sobre la situación de confrontación que se presenta en Arauca. Conjuntamente se concertarán las medidas idóneas de protección para los pobladores del AETCR Villa Paz.
  •  La Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblos coordinarán y suscribirán la Comisión anteriormente citada.
  •  La Defensoría del Pueblo tendrá que actualizar o expedir las alertas tempranas relativas a la situación de los pobladores del AETCR Villa Paz.
  • La Fiscalía General de la Nación – Unidad Especial de Investigación y la Dirección Seccional de Fiscalías de Arauca están obligados a realizar investigaciones en el marco de la situación de violencia que atraviesa el departamento de Arauca en lo corrido de 2022, en particular aquellas que involucran a los pobladores del AETCR Villa Paz.
  • Se les exhorta al Ministerio de Interior y a la Gobernación de Arauca a impulsar las actividades de la Mesa de Garantías en defensa de los líderes y lideresas del departamento de Arauca.
  • La Presidencia de la República de Colombia, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización y la Alcaldía de Arauquita tendrán que facilitar la implementación de lo dispuesto.

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